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Dirección de Desarrollo Social

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Aseguramiento de Población

​​​​​​​​​ Foto de una pareja joven (mujer y hombre) en una playa sonriendo

El artículo 157 de la Ley 100/93 establece de manera categórica la obligatoriedad para todos los habitantes del territorio nacional de afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Este mandato legal sienta las bases para la universalidad del acceso a la atención médica en Colombia, estableciendo un marco normativo que abarca a toda la población.

En consonancia con esta obligatoriedad, el aseguramiento en salud en Colombia se erige como una pieza fundamental dentro del marco del SGSSS. Esta estrategia tiene como objetivo garantizar el acceso equitativo, oportuno y efectivo a los servicios de salud y medicamentos incluidos en el Plan de Beneficios en Salud para toda la población, sin distinciones ni discriminaciones. De esta manera, se busca un enfoque integral en salud que abarque desde la promoción y prevención hasta el tratamiento y la rehabilitación de las personas.

Conforme a lo establecido por la Ley 1122 de 2007, el aseguramiento en salud se define como un conjunto de acciones que engloban la administración del riesgo financiero, la gestión del riesgo en salud, la articulación de servicios para garantizar un acceso efectivo, la garantía de la calidad en la prestación de los servicios de salud, y la representación del afiliado ante el prestador y otros actores relevantes, sin menoscabo de la autonomía del usuario. 

Las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en cada régimen de afiliación son las responsables de cumplir con las funciones indelegables del aseguramiento.

En dicho marco, el sistema de salud está organizado por tres regímenes de afiliación: ​

​​Régimen contributivo (RC): donde son afiliados obligatorios todas las personas (cotizantes y beneficiarios), vinculadas mediante contrato de trabajo, servidores públicos no legalmente exceptuados, y trabajadores independientes e informales que se vinculen voluntariamente

Régimen subsidiado (RS): al cual pertenecen las personas sin capacidad de pago.

​Régimen especial: al cual se inscriben los trabajadores y miembros de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, Ecopetrol, el Magisterio y las Universidades Públicas. 

Cabe observar que las personas no afiliadas, son atendidas, en caso de requerirlo, y financiadas por las entidades territoriales, que cuentan con mecanismos facultados para tal fin.

Para hacer efectiva la prestación de los servicios a la población beneficiaria cada ente asegurador constituye redes de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), dentro de la cual el usuario transita desde la atención básica hasta la de alta complejidad; y, cuando es preciso y menester, se autoriza la atención al usuario en IPS por fuera de la red y en cualquier parte del territorio nacional.

El control legal, reglamentario, financiero y prestacional de salud es ejercido por la Superintendencia Nacional de Salud, que hace las veces de control interno del Sistema a cargo del ejecutivo nacional, y por los órganos de control en sus competencias: fiscal a cargo de la Contraloría General de la Nación y contralorías territoriales, administrativo por la Procuraduría General de la Nación y personerías municipales, penal por la Fiscalía General de la Nación; y, la Defensoría Pueblo a la que deviene la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de comunidad y el cumplimiento de los deberes de la administración pública y la prestación de los servicios públicos.

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Resultados destacables

En el marco del componente de Aseguramiento de la Población, el sistema de salud ha logrado avances significativos en la cobertura del servicio para todos los ciudadanos. Gracias a las estrategias implementadas, se ha venido aumentando este porcentaje durante las últimas dos décadas alcanzando una cobertura de alrededor del 99% en el agregado de los regímenes contributivo, subsidiado, especial y de excepción, esto permite una mayor inclusión y protección de la población frente a riesgos en salud.



Los esfuerzos mencionados han incidido en la cobertura de afiliación, la cual aumentó de manera importante, pasando de 29% de la población total en el año 1995 a 99,12% en 2022.

Gráfica 1. Cobertura SGSSS y número de afiliados según régimen

Gráfico del que muestra Cobertura SGSSS y número de afiliados según régimen

Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social.