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Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES)

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Acerca del CONPES

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Antecedentes

El Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) fue creado por la Ley 19 de 1958.

Esta es la máxima autoridad nacional de planeación y se desempeña como organismo asesor del Gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país. Para lograrlo, coordina y orienta a los organismos encargados de la dirección económica y social en el Gobierno, a través del estudio y aprobación de documentos sobre el desarrollo de políticas generales que son presentados en sesión.

El Departamento Nacional de Planeación (DNP) desempeña las funciones de Secretaría Ejecutiva del CONPES, y por lo tanto es la entidad encargada de coordinar y presentar todos los documentos para discutir en sesión.

Icono de engranajes que representan un proceso  

Funciones del DNP relacionadas con el CONPES

En calidad de Secretaría Técnica del CONPES, el DNP tiene las siguientes funciones:

  1. Presentar, para su estudio y aprobación, la programación macroeconómica anual.
  2. Someter a su consideración el Plan Nacional de Desarrollo, en los términos señalados en la Ley orgánica del Plan.
  3. Presentar, para su aprobación, las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del Gobierno nacional.
  4. Presentar, para su análisis, estudios sobre la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y sobre las políticas, estrategias, programas y proyectos del Gobierno nacional.
  5. Someter, para su estudio y aprobación, las bases y criterios de la inversión pública.
  6. Presentar, para su estudio y aprobación, el plan financiero del sector público.
  7. Presentar, para su estudio y aprobación, el plan operativo anual de inversiones.
  8. Presentar, para su estudio y aprobación, el programa de desembolsos de crédito externo del sector público.
  9. Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con la celebración de los contratos de empréstito de la nación o de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes.
  10. Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con el otorgamiento de garantías por parte de la nación a los contratos de crédito interno o externo de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes.
  11. Presentar, para su estudio y aprobación, el monto y distribución de las utilidades y los superávit de las entidades descentralizadas.
  12. Prestar el apoyo requerido por el CONPES en todas las demás actuaciones y funciones de su competencia.
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Miembros del CONPES

El CONPES actúa bajo la dirección del Presidente de la Republica y lo componen como miembros permanentes con derecho a voz y voto, el Vicepresidente de la República, todos los Ministros, el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Director del Departamento Nacional de Planeación, y el Director del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación – Colciencias.

Los miembros del CONPES están establecidos en el Decreto 2148 de 2009.​