Esta estrategia busca fortalecer el tejido social para recuperar la confianza ciudadana en sus instituciones, mediante el respeto a los derechos humanos, el fomento del pluralismo y la participación ciudadana.
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Glosario y preguntas frecuentes
De acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010 “Estado Comunitario: Desarrollo para todos”, la Seguridad y la Convivencia Ciudadana constituyen uno de los pilares fundamentales de la Política de Consolidación de la Seguridad Democrática. La Convivencia y Seguridad Ciudadana incluyen múltiples temáticas como la criminalidad, la violencia intrafamiliar (VIF), la violación de normas de tránsito, las normas de convivencia y la criminalidad juvenil, entre otras. Ésta multiplicidad temática explica el hecho de que la seguridad ciudadana no se entienda únicamente como ausencia de violencia, sino también como la suma de las condiciones básicas para la construcción de la convivencia pacífica.
La construcción, formulación y desarrollo de las políticas de Convivencia y Seguridad ciudadana ha influido en la disminución de la mayoría de los delitos que afectan la seguridad ciudadana como homicidio, hurtos, lesiones y piratería terrestre. El éxito de estas políticas, supone un esfuerzo coordinado entre diferentes entes del Estado como los Gobiernos locales, la Policía Nacional, el Ministerio del Interior y Justicia, el Consejo Superior de la Judicatura, el ICBF, la Fiscalía General de la Nación, el INMLCF, el Departamento Nacional de Planeación, entre otras, y la sociedad civil.
De acuerdo a las definiciones de polítca y a las necesidades identificadas en el Plan Nacional de Desarrollo, los conceptos básicos utilizados en el GACSC son los siguientes:
Según el Documento Colombia 2019 “Fomentar la cultura ciudadana” (DNP - Presidencia de la República, 2006), la definición más común y sencilla de convivencia es aquella que se refiere a la interacción entre individuos tanto en el ámbito privado (relaciones de familiaridad) como en el ámbito público, buscando la prevalencia de los intereses colectivos para alcanzar la seguridad y tranquilidad públicas.
De lo anterior, se pueden identificar los siguientes componentes de la convivencia: capacidad de celebrar y cumplir acuerdos, respeto a los derechos de los demás, capacidad de actuar colectivamente, prevalencia de los intereses colectivos, gestión de acuerdos colectivos, eficacia ciudadana, resolución pacífica de conflictos, tolerancia y construcción de ciudadanía.(Comité Interinstitucional - Proyecto Bienes Públicos Regionales, 2008).
Según el Programa Departamentos y Municipios Seguros de la Policía Nacional, la inseguridad ciudadana debe ser entendida como todos aquellos hechos cotidianos que atentan contra la seguridad del ciudadano común. Estos hechos cotidianos pueden ser producto tanto de la delincuencia común como de los comportamientos de algunos ciudadanos que ponen en riesgo la integridad y la vida de los demás.
Los principales hechos que son analizados para medir la Seguridad Ciudadana son los siguientes:
- Hechos violentos (delitos cometidos en la calle y los delitos cometidos en el ámbito familiar)
- Conocimiento y respeto del marco constitucional y legal
- Ausencia de violencia y criminalidad (objeto-sujeto)
- Percepción de seguridad de los ciudadanos (seguridad subjetiva)
- Cooperación con las autoridades en la prevención y denuncia de delitos
Preguntas frecuentes:
1. ¿Qué estudios relacionados con Convivencia Y Seguridad Ciudadana se encuentran publicados?
- DNP-BID-Pontificia Universidad Javeriana. Conciliación Extrajudicial en Derecho. Elaboración de una Línea de Base, Indicadores de Gestión e Impacto. 2004
- DNP-BID-CED-CRISP-Vera Institute. Mapeo del Crimen: principios y práctica. 2004
- DNP-BID-Universidad de los Andes. Violencia en las Familias Colombianas: Costos socioeconómicos, causas y efectos. 2004
2. ¿Cuáles son las políticas o programas institucionales vigentes que contribuyen a la Convivencia y Seguridad Ciudadana?
- Programa Departamentos y Municipios Seguros -DMS- de la Policía Nacional1:
Este Programa fue creado en el 2004 por el Ministerio del Interior y de Justicia y el Ministerio de Defensa. Los objetivos del programa están orientados a obtener mejores índices de seguridad en el territorio y aumentar la inversión en acciones de prevención, disuasión y reacción de conductas violentas. El programa DMS, tiene como objetivo principal mejorar los índices de seguridad y convivencia ciudadana a través de un proceso de capacitación de las autoridades político administrativa, y del fortalecimiento institucional de las entidades relacionadas con el tema. Este programa, busca reducir los delitos a través de la gestión territorial de la convivencia y seguridad ciudadana, enfatizando la importancia de la planeación y ejecución de políticas de prevención, producto de la coordinación entre la Policía y las autoridades locales.
- Vigilancia Comunitaria - VICOM - de la Policía Nacional2:
La vigilancia comunitaria es un modelo que fue creado en 1993 bajo el nombre de Participación comunitaria, posteriormente en 1998 fue nombrado como Policía Comunitaria, y a partir de 2007 se conoce como Vigilancia Comunitaria. Este modelo busca modificar los modos de operación actuales de la Policía Nacional, para responder de una manera más eficiente a las necesidades y demandas en seguridad y convivencia de los ciudadanos. VICOM privilegia las actividades de prevención de la violencia a través de la gestión, el trabajo comunitario y la participación ciudadana, sin dejar de lado las acciones de disuasión y reacción. Los beneficios alcanzados con este modelo se basan en el acercamiento y conocimiento, por parte del personal capacitado de la Policía, de las necesidades objetivas de la población y las percepciones de sus habitantes.
- Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad - SIES:
Este sistema se crea a través del Documento CONPES 3437 de 2006 y su implementación está a cargo del Ministerio del Interior y Justicia y la Policía Nacional. El SIES se compone principalmente por el Número Único de Emergencias y Seguridad 123 y los Circuitos Cerrados de Televisión - CCTV, y busca atender y prevenir de manera eficiente y oportuna las necesidades de la población en materia de seguridad y convivencia ciudadana. Dicho programa, requiere una coordinación interinstitucional donde confluyan la Fuerza Pública, los organismos de seguridad y las agencias que se encargan de la prevención y atención de desastres para poder condensar todas las iniciativas nacionales que buscan aumentar la seguridad y mejorar la convivencia de los ciudadanos.
3. ¿Qué Documentos CONPES se han hecho sobre el tema?
- CONPES 3437 "Implementación del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad - SIES de Colombia" de 2006
Según el Documento CONPES 3437 “El sistema integrado de emergencias y seguridad – SIES tiene por objeto fijar los parámetros generales para la implementación de un centro de gestión de emergencias y seguridad que permita atender oportunamente las necesidades de la comunidad. El sistema busca actuar en la prevención de consecuencias mayores bajo un esquema integrado e interoperante garantizado por el SIES para lo cual debe lograr la presencia oportuna y eficaz de las unidades de cada entidad, la coordinación en el manejo del sitio del incidente, atención pronta de heridos, la prevención de emergencias y del delito y la disminución del impacto de éstos sobre la comunidad”
Los subsistemas que componen el SIES son los siguientes:
1. 123 Número Único de Seguridad y Emergencias -NUSE 123
2. Circuito Cerrado de Televisión - CCTV
3. Centros de Información Estratégica Policial Seccional -CIEPS
4. Alarmas Comunitarias
5. Sistemas de Seguridad (controles de acceso, monitoreo automático y bloqueo de vehículos y demás sistemas)
4. ¿En cabeza de qué instituciones gubernamentales recae la responsabilidad de la seguridad y la convivencia ciudadana?
Según la Constitución Política el Presidente de la República es la cabeza de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional3. A su vez los Gobernadores4 y Alcaldes5, en sus correspondientes jurisdicciones, tienen a su cargo la responsabilidad legal y constitucional de conservar el orden público para garantizar la convivencia pacífica de los ciudadanos.
De las anteriores atribuciones constitucionales se entiende que en la Convivencia y Seguridad Ciudadana se involucran las autoridades departamentales y municipales, la Policía Nacional y las Fuerzas Militares. Adicionalmente, existen otros instrumentos de gestión local de la seguridad ciudadana que se han creado con el objetivo de gestionar la convivencia y la seguridad ciudadana a través del trabajo intersectorial e interinstitucional. Dichos instrumentos, incluyen la participación ciudadana como un elemento determinante en la definición de políticas sobre el tema.
Dentro de estos instrumentos se encuentran los Consejos Metropolitanos, Municipales, Departamentales y Regionales de Seguridad6; el Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Fonsecon7; los Fondos de Seguridad Territoriales8 y los Comités de Orden Público municipales9.
Notas:
1. Más información http://www.policia.gov.co/ - Link Programa DMS.
2. Más información ver: www.policia.gov.co/ - Link Programas Comunitarios.
3. Según la Constitución Política de 1991, en el artículo 218, la Policía Nacional, se define, en relación a sus funciones de la siguiente manera:” La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz”.
4. Según el artículo 313 de la Constitución Política de 1991 el gobernado es “jefe de la administración seccional y representante legal del Departamento; el gobernador será agente del Presidente de la República para el mantenimiento del orden público y para la ejecución de la política económica general, así como para aquellos asuntos que mediante convenios la Nación acuerde con el Departamento”.
5. Según el artículo 315 de la Constitución de 1991 una de las principales atribuciones del Alcalde es “Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante”.
6. Según el Documento No. 2 de la Serie de Documentos Departamentos y Municipios Seguros titulado Instrumentos para el manejo y la gestión local de la seguridad ciudadana y el orden público los Consejos de seguridad, en todos los niveles territoriales, “se constituyen en un instrumento importante para la gestión y manejo interinstitucional de las problemáticas de violencia, delincuencia, crimen e inseguridad en los departamentos y municipios de Colombia.” Dichos consejos se reglamentan a través del Decreto 2615 de 1991.
7. Según el Ministerio del Interior y de Justicia, entidad responsable del manejo del Fondo, el objeto del mismo “es la financiación del diseño y ejecución de programas, proyectos y actividades orientadas a la preservación y conservación del orden público, para propiciar la seguridad ciudadana, pero especialmente, apoyar en forma subsidiaria a los organismos de seguridad y en general toda aquella inversión social que permita garantizar la convivencia y la reconciliación entre los colombianos.” Más información ver: www.mij.gov.co.
8. Según el Documento No. 2 de la Serie de Documentos Departamentos y Municipios Seguros titulado Instrumentos para el manejo y la gestión local de la seguridad ciudadana y el orden público, el Decreto 2170 de 2004 establece que los fondos de las entidades territoriales “tienen el carácter de fondos-cuenta y deben ser administrados como una cuenta especial sin personería jurídica, por el gobernador y/o el alcalde”.
9. Según el Decreto 2170 de 2004 en el artículo 7 “En cada municipio y distrito especial del país, funcionará un Comité de Orden Público integrado, de acuerdo a la existencia de los organismos en el respectivo municipio, por el Comandante de la respectiva Guarnición Militar o su delegado, el Comandante de la Policía, el Jefe de Puesto Operativo del DAS o un delegado del Director Seccional y el Alcalde Municipal o como su delegado el Secretario de Gobierno o quien haga sus veces, quien lo presidirá”.